Asociación de Empresas de Áridos de la Comunidad Valenciana
Origenes y principios | Estatuto
     

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SISTEMAS DE CUOTAS Y FINANCIACIÓN

 
   

TÍTULO IV DE LOS ESTATUTOS SOCIALES DEL RÉGIMEN ECONÓMICO

Artículo 29º. GESTIÓN ECONOMICA DE LA ASOCIACIÓ PRESUPUESTOS.

1.- La Asociación gozará de plena autonomía para la administración y disposición de sus bienes y recursos.

2.- La gestión económica de la Asociación se desarrollará con sujeción a los presupuestos que se aprueben.

3.- El presupuesto Ordinario, que atenderá los gastos de igual carácter, se aprobará con vigencia para cada ejercicio anual y el presupuesto Extraordinario se confeccionará para los casos de necesidad de realizar gastos imprevistos.

4.- A la finalización del ejercicio se procederá a la liquidación de los presupuestos aprobados en su día.

Artículo 30º. RECURSOS DE LA ASOCIACIÓN

Constituyen Recursos de la Asociación:

A) Las cuotas de las entidades asociadas.

B) Las cotizaciones que, con carácter extraordinario, se fijen por la Asamblea General para supuestos especiales.

C) Los intereses y productos de sus bienes.

D) Las aportaciones, subvenciones y donativos.

E) Las cantidades que perciba por servicios y asesoramientos extraordinarios.

F) Los bienes integrantes de su patrimonio, cualesquiera que sean.

G) Cualquier otro autorizado por la ley.

Artículo 31º. DE LAS CUOTAS

1.- Las cuotas de las entidades son de un doble carácter:

A) De inscripción.

B) De mantenimiento.

2.- La cuota de inscripción será satisfecha por el asociado tan pronto le sea comunicada la aceptación de su solicitud de admisión.

3.- Las cuotas de mantenimiento podrán ser ordinarias y extraordinarias o derramas y deberán ser ingresadas por los asociados según sus acuerdos adoptados por la Asamblea General.

4.- El pago de las cuotas establecidas será requisito para mantener la plenitud de ejercicio de los derechos del asociado y el retraso en el pago previsto en el artículo11 apartado 13 supondrá la suspensión automática de derechos.

Por la Junta directiva se tomó el siguiente acuerdo:

La CUOTA DE INSCRIPCIÓN en la Asociación igual para todas las empresas se fija en 150,25 €, destinada al Fondo Social de la misma.

En cuanto a la fijación de las CUOTAS DE MANTENIMIENTO (mensuales) y respetando siempre que a cada empresa le corresponde un voto, se acordó establecer, para intentar conciliar de alguna manera que las empresas con más producción y por tanto con más capacidad económica contribuyeran algo más al mantenimiento de la asociación, la fijación de cuatro tramos de cuotas en función de la producción de las empresas, así:

• El primero de 0 a 200.000 Tn.

• El segundo entre 201.000 Tn. a 500.000 Tn.

• El tercero entre 501.000 Tn. a 1.000.000 Tn.

• El cuarto para más de Un Millón de Tn.

  • Las empresas encuadradas en el primer tramo abonan una cuota de mantenimiento mensual de 155,00 €
     

  • Las empresas encuadradas en el segundo tramo abonan una cuota de mantenimiento mensual de 239,00 €
     

  • Las empresas encuadradas en el tercer tramo una cuota de mantenimiento mensual de 319,00 €
     

  • Las empresas encuadradas en el cuarto tramo una cuota de mantenimiento mensual de 399,00 €

 

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